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Sobre el ‘mico’ en la reforma pensional, según el cual, las pensiones superiores a tres millones tendrían que pagar impuestos, es un tremendo error. Solo en una reforma tributaria se pueden poner impuestos.
Por Rafael Pardo Rueda - opinion@elcolombiano.com.co
La aprobación en el Senado del texto de la reforma pensional es un triunfo de Gustavo Petro aunque en su reciente discurso volviera sobre su pretensión de subir el umbral a 4 salarios mínimos, lo que en la Cámara no debería aceptarse.
Se aprobaron tres pilares: solidario, semi-contributivo y contributivo.
De aciertos hay que destacar los pilares, (ya lo habíamos intentado en un proyecto de ley en 2012), y aumentar el programa Colombia Mayor (el pilar solidario) en monto igual a la línea de pobreza extrema (según el Dane, estimada en 223.000 pesos) y en la cobertura.
Considero que es también acertado que los recursos ahorrados sean manejados con la independencia que garantiza el Banco de la República.
Uno de los puntos más importantes sobre los cuales hay un enorme consenso es que los pilares reducen los subsidios a las pensiones altas. Es decir, reducen la regresividad del régimen de prima media (el de Colpensiones).
En el régimen semi-contributivo, como lo ha explicado el exdirector de Colpensiones Mauricio Olivera, ya no se van a devolver los recursos si la persona no alcanza las semanas (indemnización sustitutiva o devolución de saldos). Los van a volver una renta vitalicia, con un subsidio adicional de 20% para hombres y 30% para mujeres. El riesgo es que las rentas vitalicias sean bajas y no llenen las expectativas de la población.
Ahora bien, es fundamental que se aborde el tema de los BEPS, sobre los cuales la reforma no dice nada y por lo tanto no se atiende ni se incentiva el ahorro cuando el trabajador es informal.
En buena hora, la pensión familiar, cotización por semanas, y pensión anticipada se mantienen. En pensión anticipada si llega a la edad de pensión, pero no alcanza las 1.300 semanas, pero cotizó por lo menos 1.000, entonces se le paga la pensión y se le descuenta lo cotizado (lo mismo que nosotros propusimos, en mi calidad de ministro de Trabajo y está contenido en la reforma pensional del año 2012.)
Existe, como decía al principio, algunos riesgos: el umbral, sobre todo si la Cámara llegara a aceptar los 4 salarios mínimos, como lo anticipó el presidente en su alocución y que además terminaría por acabar con la reforma, pues cualquier cambio de esa magnitud incumple los acuerdos con los partidos y se cae en la conciliación. Adicional, como lo manifestó el expresidente Álvaro Uribe, los Fondos de Pensiones tendrían que trasladar una cifra que equivale al 88% a Colpensiones.
Sobre el ‘mico’ en la reforma pensional, según el cual, las pensiones superiores a tres millones tendrían que pagar impuestos, es un tremendo error. Solo en una reforma tributaria se pueden poner impuestos. La reforma pensional NO es una reforma tributaria. Por tanto ese artículo deberá caerse en la Corte Constitucional.
Agradezco a Mauricio Olivera, verdadero inspirador de esta columna. Sus aportes son suyos, los errores son míos.