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Juez negó precluir caso de Alejandro Pizano: Fiscalía tendrá que seguir investigando si alguien lo quiso asesinar por caso Odebrecht

Jorge Enrique Pizano Callejas, padre de Alejandro Pizano, era auditor del proyecto de la Ruta del Sol II y testigo clave en el escándalo de corrupción de Odebrecht. Murió tres días antes de que su hijo falleciera envenenado.

  • Jorge Enrique Pizano Callejas, padre de Alejadnro Pizano, era auditor del proyecto de la Ruta del Sol II y testigo clave en el escándalo de corrupción de Odebrecht. FOTO: COLPRENSA
    Jorge Enrique Pizano Callejas, padre de Alejadnro Pizano, era auditor del proyecto de la Ruta del Sol II y testigo clave en el escándalo de corrupción de Odebrecht. FOTO: COLPRENSA
08 de marzo de 2024
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El juzgado tercero de conocimiento de Funza, en Cundinamarca, acaba de negar la preclusión del caso de la muerte de Alejandro Pizano, hijo del ingeniero Jorge Enrique Pizano Callejas, quien era auditor del proyecto de la Ruta del Sol II y testigo clave en el escándalo de corrupción de Odebrecht.

Según Medicina Legal, Alejandro Pizano falleció intoxicado por la ingesta de cianuro, lo que equivale a envenenamiento. Sin embargo, las investigaciones preliminares dan cuenta que el veneno estaba en un vaso de agua que tomó del despacho de su padre, también fallecido dos días antes del deceso del joven.

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Pese a eso, la Fiscalía argumentó que la muerte de Alejandro, registrada el 8 de noviembre de 2018, sí se dio por la ingesta de cianuro, “pero como consecuencia de un error y no de la acción de terceros”.

Dicho eso, para el ente acusador no existían razones para seguir investigando el caso si tenía en cuenta que, supuestamente, no hay un homicida ni un planeador del crimen.

Pero para la defensa de la familia Pizano ese hecho no era tan obvio. El abogado de las víctimas, Miguel Ángel Del Río, argumentó que hubo irregularidades en la investigación y que aún había otras hipótesis distintas por indagar sobre la muerte del joven Alejandro.

Y, en un sentido similar, se pronunció el juez que debía decidir si precluir el caso, como pedía la Fiscalía, o continuar con la investigación, como pedían Del Río y la Procuraduría General de la Nación.

“La proposición de la Fiscalía General no cumplió con demostrar fehacientemente la causal invocada (...) Se determinó que no hay lugar a precluir la actuación por el deceso del indiciado. La Fiscalía únicamente demostró que Alejandro murió por haber ingerido líquido de una botella que contenía cianuro de potasio que se encontraba en el escritorio de la habitación de su progenitor”, dijo el juez.

Además, el togado puso en duda que el ingeniero Jorge Enrique Pizano haya muerto por causa natural, como aseguraron Medicina Legal y la Fiscalía para precluir ese caso.

Sobre el exauditor del proyecto de la Ruta del Sol II, el dictamen forense dijo que su muerte se dio por una falla cardiaca y no por causas externas. En su momento, Medina Legal alegó que incluso realizó pruebas a su cuerpo en dos laboratorios distintos que no podían comunicarse entre ellos y que concluyeron que no había cianuro ni cualquier otra sustancia en el cadáver de Jorge Enrique Pizano.

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“Existen dudas sobre la muerte por causas naturales de Jorge Enrique Pizano Callejas, sumado a una serie de inconsistencias en el recaudo y manejo probatorio y evidencia de vital importancia en el presente caso”, dijo el juez, quien también insistió en que “existen serias falencias y contradicciones de algunos testigos, por tanto, existen hipótesis que la Fiscalía no abordó para esclarecer los hechos”.

Por todo eso, el juez del caso aseveró que la conclusión de la Fiscalía sobre que Alejandro Pizano murió por muerte natural “fue apresurada” y decidió que el ente acusador debe continuar con el proceso y “avanzar con mayor rigor investigativo”.

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